Ley de Segunda Oportunidad · Tenerife

Un nuevo comienzo
empieza por
conocer tus opciones.

Si las deudas se han vuelto difíciles de asumir, hay vías que merece la pena estudiar. Te ayudamos a ordenar tu situación y a dar el siguiente paso.

Quiero valorar mi situación →Entender cómo funciona

Renova coordina tu consulta.
Los abogados colaboradores realizan la valoración jurídica.

Ambiente ilustrativo cálido con mesa, cuaderno y luz naturalAmbiente ilustrativo
Atención con cita en AdejeInformación organizadaOpciones y costes antes de decidir
Poner claridad

Cuando pagar
ya no es sostenible.

La llamada Ley de Segunda Oportunidad permite que una persona en situación de insolvencia solicite la exoneración de determinadas deudas mediante un procedimiento judicial. Puede alcanzar a particulares y a autónomos, si se cumplen las condiciones legales.

La solución depende de las deudas, los ingresos, el patrimonio y las circunstancias del caso. El primer paso es estudiar esa fotografía completa y explicarte qué alternativas existen.

01

Préstamos y tarjetas

Las cuotas se acumulan o necesitas nueva financiación para pagar lo anterior. Conviene revisar el conjunto de obligaciones.

02

Deudas de una actividad

Un negocio ha dejado obligaciones personales, cuotas o avales. Importa identificar quién debe y por qué.

03

Vivienda y embargos

Te preocupa qué puede ocurrir con tu casa, tus ingresos o una reclamación. Las notificaciones y sus fechas requieren atención.

Carpeta y pluma sobre una mesa, imagen ilustrativa

Antes de elegir un camino

Qué necesita
revisar el abogado.

  • Tu capacidad real de pagoIngresos, gastos necesarios y obligaciones vencidas o próximas. Tener una nómina no resuelve por sí solo la cuestión.
  • El mapa completo de deudasAcreedores, importes, origen y garantías. También las reclamaciones que ya hayan llegado.
  • Tu patrimonio y tu situación personalVivienda, otros bienes, actividad profesional y posibles avales.
  • Las condiciones de accesoBuena fe, transparencia y colaboración, junto con antecedentes y circunstancias que puedan excluir o limitar la exoneración.

No hace falta tener todo ordenado para preguntar. Empieza explicando qué ocurre y si has recibido alguna notificación reciente.

Dos vías que deben valorarse

La opción adecuada
depende de tu situación.

A

Con un plan de pagos

Permite solicitar la exoneración sin liquidar previamente todo el patrimonio, mediante un plan sujeto a las condiciones legales y a la aprobación judicial.

Se analiza qué puedes aportar y cómo se atienden las obligaciones que correspondan. La duración legal del plan es generalmente de tres años, con supuestos de cinco.

B

Con liquidación

Se realiza el patrimonio que proceda y se solicita la exoneración de las deudas que puedan quedar comprendidas en ella.

Si no existen bienes suficientes, el profesional deberá estudiar si corresponde un concurso sin masa y qué requisitos exige la solicitud de exoneración.

La duración del plan y la duración total del procedimiento son cosas distintas. No existe un plazo de resolución idéntico para todos los casos.

Lo que más suele preocupar

Hablar de deudas
también es hablar de límites.

Bancos, tarjetas y préstamos

Las deudas privadas pueden ser objeto de exoneración si encajan en el régimen legal. Hay que revisar su naturaleza, sus garantías y las posibles excepciones.

Hacienda y Seguridad Social

El crédito público tiene un tratamiento específico. La administración acreedora, la clasificación de la deuda, los límites aplicables y la jurisprudencia vigente requieren un análisis individual.

Tu vivienda y la hipoteca

La conservación de la vivienda no es automática. Influyen su valor, la garantía hipotecaria, los ingresos y la viabilidad de la vía elegida. La deuda garantizada tiene reglas propias.

Avalistas y otras personas

La exoneración de una persona no libera automáticamente a sus avalistas, fiadores o codeudores. Cada obligación debe revisarse.

Deudas que pueden quedar fuera

Existen exclusiones legales, como las deudas por alimentos y determinadas responsabilidades o sanciones. La lista y su aplicación deben comprobarse antes de valorar el resultado posible.

La valoración te permitirá conocer qué puede plantearse, qué quedaría pendiente y qué compromisos asumirías.

Con Renova, paso a paso

Primero entender.
Después, decidir.

01 /

Nos cuentas
qué ocurre

Una explicación breve y un medio de contacto. Si hay una notificación, indica cuándo la recibiste.

02 /

Ordenamos
la información

Renova facilita la preparación de la consulta y la coordinación con el abogado colaborador adecuado.

03 /

Conoces
las opciones

El profesional estudia la situación y explica alternativas, límites, alcance del encargo y honorarios.

04 /

Decides
el siguiente paso

Si se acepta el encargo, los profesionales responsables asumen la dirección jurídica y las actuaciones correspondientes.

Una consulta para entender tus opciones,
antes de asumir compromisos.

Solicitar valoración →

Preguntas frecuentes

Respuestas para
dar el primer paso.

Cada caso tiene sus matices. Estas respuestas te ayudan a preparar la conversación.

¿Puedo consultarlo si tengo trabajo?

Sí. Tener ingresos no excluye por sí mismo una situación de insolvencia. El abogado estudiará la relación entre ingresos, gastos y deudas, además del resto de condiciones.

¿Se cancelan todas las deudas?

No siempre. El alcance depende de la naturaleza de cada crédito, de las exclusiones legales y de la resolución judicial. Es importante incluir toda la información, aunque una deuda parezca pequeña o antigua.

¿Puedo conservar mi casa?

Puede haber opciones que permitan conservar bienes, pero requieren estudiar la vivienda, la hipoteca, los ingresos y la viabilidad del plan. No puede garantizarse sin ese análisis.

¿Contactar paraliza los embargos?

No. Una consulta o el envío de un formulario no suspende una ejecución. Los efectos dependen de la fase del procedimiento, de las resoluciones y del tipo de deuda. Si hay plazos abiertos, indícalo desde el principio.

¿Qué pasa con mi avalista?

La exoneración del deudor no se extiende automáticamente a quien le haya avalado. El profesional debe revisar esa responsabilidad de forma específica.

¿Cuánto cuesta y cuánto tarda?

Depende de la vía, la complejidad y los profesionales que intervengan. Antes de contratar, solicita un presupuesto que detalle qué incluye y los posibles gastos adicionales. Los tiempos judiciales no se pueden garantizar.

¿Qué documentos tengo que enviar ahora?

Para la primera toma de contacto basta una explicación breve. Después se te indicará qué documentación necesita el profesional y cómo aportarla. No adjuntes DNI, extractos ni datos bancarios al formulario inicial.

¿Qué ocurre después de la exoneración?

Hay que atender al contenido de la resolución y actualizar la información de las deudas afectadas en los registros correspondientes. La ley contempla causas de revocación; conservar la documentación y cumplir las obligaciones sigue siendo importante.

Prepara tu consulta

Información que te ayuda
a llegar con más claridad.

Información general. Base normativa: Texto refundido de la Ley Concursal, artículos 486 y siguientes ↗
Contenido preparado el 6 de noviembre de 2026. La valoración individual corresponde al profesional que estudie el asunto.

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